23 de diciembre de 2020

Equipaje

EQUIPAJE DE MANO
Por su seguridad y confort a bordo el equipaje de mano debe cumplir con las medidas y peso máximo, de lo contrario el mismo será despachado en la bodega del avión.

Los mostradores de check-in ya cuentan con un sistema de medición de limitación volumétrica, por lo tanto, todo equipaje de mano que exceda el tamaño permitido por dichos medidores deberá ser despachado en la bodega del avión, ya que no podrá ser ubicado ni en los compartimientos superiores de la cabina de pasajeros ni debajo de los asientos.

Tamaño: 115 cm perimetrales

Peso; 5 kg en vuelos de cabotaje y 10kg en vuelos internacionales

No podrá EMBARCAR estos objetos con usted o en su equipaje de mano:

  • Tijeras
  • Alicates
  • Cuchillos
  • Cuter
  • Limas
  • Agujas de tejer
  • Punzón
  • Destornilladores
  • Elementos cortantes o punzantes en general

No podrá EMBARCAR ni DESPACHAR estos objetos con usted ni en su equipaje de mano o en bodega:

Explosivos: bengalas, petardos, fuegos artificiales, etc.

Inflamables: Alcohol en gel, combustible, pintura, solvente, líquidos para encendedores, etc.

Gases comprimidos: Aerosoles, gas butano, tanques para buceo, botellas de oxígeno, garrafas de gas para camping, etc.

Armas: armas de fuego cargadas, municiones, pólvora, gas lacrimógeno, gas pimienta, etc. Las armas de fuego descargadas se despachan solamente por autoridad policial.

Corrosivos: baterías derramables, lavandina, amoníaco, limpiadores de hornos, limpiadores multiuso, etc.

Otros materiales peligrosos: herramientas a gasolina, artículos de camping con combustible, material radioactivo (incluyendo radiofarmacéuticos) oxidantes, corrosivos, veneno, sustancias infecciosas.

EQUIPAJE EN BODEGA
Por razones de seguridad está prohibido transportar en los equipajes los siguientes elementos considerados peligrosos:

Artículos NO Permitidos
Sustancias infecciosas y muestras para diagnósticos.

Gases comprimidos inflamables, no inflamables y tóxicos: garrafas de gas, cilindros de aire comprimido, aerosoles o tanques de aire para buceo.

Corrosivos (ácidos, alcalinos): batería de celdas húmedas.

Explosivos: armas, municiones o materiales de pirotecnia.

Líquidos o sólidos inflamables: alcohol en gel, combustibles para encendedores, fósforos y artículos de fácil ignición.

Materiales radioactivos.

Materiales oxidantes o irritantes: agentes blanqueadores, peróxido, agua lavandina, agua oxigenada.

A partir del 1 de enero de 2008, en los vuelos desde/hacia y sobre los Estados Unidos, se prohibe el transporte de baterías de litio que se encuentren sueltas en el equipaje despachado. Solo se permitirá su transporte, si las mismas se encuentran instaladas en sus correspondientes dispositivos electrónicos como una laptop o cámara digital.

Materiales tóxicos o venenosos: arsénico, cianuro, insecticidas o herbicidas.

Los maletines de seguridad que incorporen baterías de litio o dispositivos pirotécnicos están totalmente prohibidos.

Los dispositivos discapacitadores tales como macé, aerosoles picantes, etc. que contengan una sustancia irritante o discapacitadora también están totalmente prohibidos.

Los aparatos y equipos que contengan mercurio no pueden ser transportados como equipaje, a excepción de un barómetro, transportado por un representante de un servicio meteorológico de carácter oficial (únicamente como equipaje de mano) y un termómetro clínico pequeño para uso personal en su envase de protección.

A partir del 8 de noviembre de 2010, en los vuelos hacia los Estados Unidos, se prohibe el despacho de cartuchos de impresora con un peso superior a los 453grs, tanto en equipaje de mano como en bodega. Solo será permitido el transporte como carga, debiendo dirigirse a dicho sector para realizar el mismo.

Artículos Permitidos

Aerosoles en pequeñas cantidades, necesarios para el pasajero durante el viaje, tales como: rociadores para el pelo, perfumes, colonias y medicinas que contengan alcohol.

Uds. puede transportar bebidas alcóholicas en bodega hasta una cantidad neta total por persona de 5 (cinco) litros. Las cajas de bebidas alcóholicas deberán estar termoselladas con su aceptacion limitada firmada. El personal de AeroHandling realizará un control posterior y todo despacho de este elemento que no este termosellado a su recepcion en el patio de equipajes será devuelto al sector trafico para su correcta aceptación.

Franquicia
Para vuelos nacionales 15 kilos

Para vuelos regionales 15 ó 20 kilos según la compañía

Para vuelos internacionales 23 kilos o más según la compañía


Aerolíneas
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